EL MUNDO DE LOS SELLOS
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sábado, 4 de noviembre de 2017
sábado, 22 de abril de 2017
viernes, 27 de enero de 2017
jueves, 15 de diciembre de 2016
SANCIONES Y MULTAS TRIBUTARIA
El no presentar las declaraciones en fecha o cuando no ha habido movimientos, implica que el contribuyente puede ser objeto de una sanción por no declarar, o que debe declarar posteriormente de forma extemporánea, debiendo pagar la respectiva sanción. Por la no presentación en fecha de las declaraciones juradas serán aplicados los siguientes recargos administrativos:
• Contravención (multa por presentación tardía) 100.000Gs. con o sin movimiento.
• Mora de 4 al 14% sobre el saldo a favor del Fisco del impuesto liquidado, es decir, sobre el IVA a pagar.
• Interés 0,05% por día (1,5% mensual) sobre el saldo a favor del Fisco del impuesto liquidado, es decir, sobre el IVA a pagar.
LIBRO DE VENTAS Y DE COMPRAS. El Art. 15º del Decreto 6806/05, establece que los contribuyentes del IVA, además de los libros y registros contables que deben llevar obligatoriamente de conformidad con las normas legales que rigen la materia, deberán llevar libros de ventas y de compras, en los que se anotarán las transacciones realizadas. En la Resolución Nº 535/04, Art. 2º, se establece la obligatoriedad de la
Rubrica( sello impreso sobre la primera pagina del libro, contiene datos sobre la empresa propietaria del libro y sobre el libro propiamente dicho, firma del juez de turno y del secretario/a) y Foliación( sello firma del juez de turno impreso sobe cada página del libro) en la dirección de los registros públicos del Palacio de Justicia, del libro de IVA Compras-Ventas , para empresas unipersonales y sociedades contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios( IRACIS), Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada( EIRL), etc. No asi para los contribuyentes de Impuesto a la Renta del Pequeño Contribuyente (IRPC) y prestadores de servicios.
REGISTRO LIBROS DE VENTAS Deberán Registrarse las Ventas realizadas y (si no lo hubiera se debe anular el espacio deben contener:
*Fecha de la operación,
*RUC del comprador con un guión)
*Tipo y Nº del comprobante,
*Discriminación del IVA,
*El importe de la operación gravada o exenta
REGISTRO LIBROS COMPRAS:
Las Compras del contribuyente, directamente o indirectamente relacionadas con la actividad gravada por el IVA:
*Fecha de la operación,
*RUC del proveedor o número de cédula de Identidad.
*Nº de factura recibida o autofactura emitida
*Discriminación del importe de la operación
*El crédito fiscal y de las compras exentas.
LIQUIDACION DEL IVA POR EL REGIMEN GENERAL O MENSUAL.
Este régimen afecta a empresas unipersonales y sociedades contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios( IRACIS), Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y prestadores de Servicios personales o profesionales, Pequeños Contribuyentes del Régimen General o mensual.
A través de este régimen el IVA se declara en el formulario 120 versión III. Se puede descargar de la página de SET, (www. set.gov.py), en la página principal en el extremo inferior izquierdo ingresar en formularios impositivos para imprimir, luego ingresar en Declaraciones Juradas de 2007 en adelante, buscar número de formulario 120 versión III.
Calculo para discriminación del IVA
Gravada o Base imponible 10%= monto IVA incluido/ 1,1 IVA 10%= monto IVA incluido/ 11 Gravada o Base imponible 5%= monto IVA incluido/ 1, 05 IVA 5%= monto IVA incluido/ 21
Caso Práctico: Ventas y compras a la tasa del 10% Monto IVA incluido. Venta= Gs. 110.000 . Compra= Gs. 77.000
Calculo Auxiliar. VENTAS GRAVADAS= 110.000/1,1= Gs. 100.000.IVA DÉBITO FISCAL 10% = 110.000/11= Gs. 10.000.( - ) COMPRAS GRAVADAS= 77.000/1,1= Gs. 70.000.IVA CRÉDITO FISCAL 10% = 77.000/11= Gs. 7.000.IVA Debito fiscal (- ) IVA Crédito fiscal =IVA A PAGAR= Gs. 3.000.- cuando Debito fiscal supera a Crédito fiscal se abona IVA.
EROGACIONES O GASTOS QUE SE CONSIDERAN COMO CREDITO FISCAL
Los prestadores de servicios tanto personales o profesionales como cualquier otra empresa deben considerar como compras aquellas que estén directamente relacionadas a su actividad principal.
Para el caso de prestación de servicios personal o profesional se pueden considerar como compras, es decir como crédito fiscal los siguientes: Salud personal, capacitación o especialización, servicios básicos de agua potable y alcantarillado, energía eléctrica, telecomunicaciones afectados a la actividad, muebles, equipamiento profesional , equipos informáticos, útiles de oficina, vestimenta de uso obligatorio para el ejercicio de la profesión( no personales), la compra de auto-vehículo hasta un valor de Gs. 100.000.000.
Se podrá deducir como gasto en el IRP(Impuesto a la Renta Personal) los siguientes: comida, gastos del super, seguros familiares, vacaciones, etc.
LIQUIDACIÓN DEL IVA POR EL REGIMEN SEMESTRAL
Las Entidades Religiosas que realicen exclusivamente actividades no gravadas por el IVA, estarán obligadas a presentar declaraciones juradas semestrales, dentro del plazo establecido a los demás contribuyentes para la presentación de las declaraciones juradas correspondiente a los meses de junio y diciembre, en los formularios habilitados para el efecto. Igual régimen aplicarán las Entidades sin fines de lucro señaladas en el numeral 4) del Art. 83 de la Ley que realicen actividades exclusivamente exentas. Ej. Fundaciones.
Las Entidades Religiosas que realicen exclusivamente actividades no gravadas por el IVA, estarán obligadas a presentar declaraciones juradas semestrales, dentro del plazo establecido a los demás contribuyentes para la presentación de las declaraciones juradas correspondiente a los meses de junio y diciembre, en los formularios habilitados para el efecto. Igual régimen aplicarán las Entidades sin fines de lucro señaladas en el numeral 4) del Art. 83 de la Ley que realicen actividades exclusivamente exentas. Ej. Fundaciones.
EXPLICACIONES
1- En el rubro 1 se consignan los ingresos del semestre o periodo, en el INC a, campo 10 se cargan las donaciones y aportes recibidos en dinero, en el INC b, campo 11, donaciones y aporte recibidos en especie, ejemplo: muebles. Los ingresos se deben discrimar o separar por tipo de donacion. Se totalizan los ingresos en el INC d, campo 13.
2- En el rubro 2 se consignan los egresos del semestre o periodo, en el INC a, campo 14, los exentos( en nuestro caso no existe), en el INC a, campo 18 las compras al 10% e INC a, campo 22 las compras a la tasa del 5 %. Se totalizan los ingresos en el INC e, campo 26.
3- En el rubro 3 se consignan las multas por presentación tardía del formulario.
4- En el rubro 4 se consigna el saldo a favor del fisco, se utiliza solo en el caso de que exista multa. Se relaciona con el rubro 3.
LLENADO DE FORMULARIO DE IVA. EJERCICIO I
La empresa unipersonal TODO PC de la Sra. Lourdes Chaparro, dedicada a la compra-venta de equipos y accesorios e insumos informáticos, con RUC N° 2.345.156-3 presenta a continuación sus operaciones de compras y ventas del mes de setiembre:
03/09/20XX
1. Compra de diversos elementos de escritorio (lápices, bolígrafos, hojas) de Librería ANMAR, CON RUC N° 1.754.135-2 por valor de Gs.49.500 (IVA incluido 10%) s/ Fact. Cont. 001-001-0000320.
05/09/20XX
2. Compramos mercaderías, Toner para impresoras, 300 unidades a Gs.357.500 c/u y 20 Notebooks a Gs. 1.350.000 c/u (IVA incluido 10%) s/ Fact. Cred. 001-001-0002345 del proveedor ALVIMER S.A, con RUC N° 80.014.458-8.
08/09/20XX
3. Vendemos 180 unidades de mercaderías, Toner para impresoras a Gs.528.000 c/u (IVA incluido 10%) al cliente Sr. Juan López, con RUC N° 756.438-7 s/ Fact. Cont. 001-0010000102.
15/09/20XX
4. Pagamos a la ESSAP, con RUC N° 80.003.004-4 s/ Fact. Cred. 001-003-0000386 la suma de Gs.350.000 (IVA incluido 10%).
25/09/20XX
5. Vendemos 18 Notebooks a Gs.2.750.000 c/u (IVA incluido 10%) al cliente Sr. Arnaldo Romero, con RUC N° 856.798-7 s/ Fact. Cont. 001-002-00002402.
30/09/201XX
Abonamos alquiler correspondiente al presente mes Gs. 1.575.000 (IVA incluido 5%) al Sr. Pedro Gómez, con RUC N° 2.463.175-5, s/Fact. Cont. 001-001-0000157.
miércoles, 14 de diciembre de 2016
martes, 13 de diciembre de 2016
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